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Memoria prevencionista

Obligaciones de los trabajadores autónomos

Obligaciones de los trabajadores autónomos

Trabajadora o trabajador autónomo es "la persona física distinta del contratista y del subcontratista, que realiza de forma personal y directa una actividad profesional, sin sujeción a un contrato de trabajo, y que asume contractualmente ante el promotor, el contratista o el subcontratista el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra. Cuando el trabajador autónomo emplee en la obra a trabajadores por cuenta ajena tendrá la consideración de contratista o subcontratista". (art. 2.1.j del Real Decreto 1627/1997

Sus obligaciones están establecidas en el artículo 12 del Real Decreto 1627/1997:

  • Cumplir las disposiciones mínimas de seguridad y salud establecidas en el anexo IV del Real Decreto 1627/1997.
  • Cumplir las obligaciones que, en materia de revención de riesgos laborales, establece el artículo 29.1 y 2 de la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales.
  • Ajustar su actuación en la obra conforme a los deberes de coordinación de actividades empresariales que establece el artículo 24 de la LPRL, desarrollado a través del Real Decreto 171/2004, participando en particular en cualquier medida de actuación coordinada que se hubiera establecido.
  • Utilizar equipos de trabajo que se ajusten a lo previsto en el Real Decreto 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
  • Elegir y utilizar los equipos de protección individual en los términos previstos en el Real Decreto 773/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridas y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
  • Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones que dé el coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución o, cuando esta figura no sea preceptiva, de la dirección facultativa.
  • Cumplir con las medidas establecidas en el plan de seguridad y salud de la obra en el caso de obras con proyecto.