INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO (España) (2015). Directrices básicas para el desarrollo de la prevención de los riesgos laborales en la Administración General del Estado. - INVASSAT
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INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO (España) (2015). Directrices básicas para el desarrollo de la prevención de los riesgos laborales en la Administración General del Estado.
INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO (España). Directrices básicas para el desarrollo de la prevención de los riesgos laborales en la Administración General del Estado [online]. Madrid: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), 2015. 21 p. [Consulta: 11.10.2019]. NIPO: 272-15-063-1. <https://www.insst.es/-/directrices-basicas-para-el-desarrollo-de-la-prevencion-de-los-riesgos-laborales-en-la-administracion-general-del-estado-ano-2015>
Resumen: "El sector público tiene unas particularidades que le hacen diferente del sector privado, necesitando, en muchas ocasiones, de una adaptación o desarrollo de normativa específica, como sucede en el ámbito de Prevención. El Reglamento de los Servicios de Prevención, en su disposición adicional cuarta, concede a las Administraciones Públicas la facultad de ‘regularse' la organización de los recursos especializados; definición de funciones y niveles de habilidad del personal; cómo llevar a cabo la negociación colectiva; evaluación externa o auditoría del sistema de prevención. El objetivo de este documento de ‘Directrices' es definir y determinar las actividades a seguir por cualquier departamento, con la ayuda de su servicio de prevención, para cumplir con las regulaciones específicas aplicables y mejorar la seguridad y la salud de los empleados públicos, siendo un complemento del Sistema de Gestión de Riesgos Laborales establecido para la Administración General del Estado."
Resum: El sector públic té unes particularitats que li fan diferent del sector privat, necessitant, en moltes ocasions, d'una adaptació o desenvolupament de normativa específica, com succeeix en l'àmbit de Prevenció. El Reglament dels Serveis de Prevenció, en la seua disposició addicional quarta, concedeix a les Administracions Públiques la facultat de ‘regular-se' l'organització dels recursos especialitzats; definició de funcions i nivells d'habilitat del personal; com dur a terme la negociació col·lectiva; avaluació externa o auditoria del sistema de prevenció. L'objectiu d'aquest document de ‘Directrius' és definir i determinar les activitats a seguir per qualsevol departament, amb l'ajuda del seu servei de prevenció, per a complir amb les regulacions específiques aplicables i millorar la seguretat i la salut dels empleats públics, sent un complement del Sistema de Gestió de Riscos Laborals establit per a l'Administració General de l'Estat."