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Ves enrere ESPAÑA. Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (2013). Guía para la vigilancia de la salud de los trabajadores del Sector Agrario

ESPAÑA. Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (2013). Guía para la vigilancia de la salud de los trabajadores del Sector Agrario

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ESPAÑA. Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Guía para la Vigilancia de la Salud de los Trabajadores en el Sector Agrario. [online]. Madrid: Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), 2013. 93 p.  [Consulta 13.02.2014].

"la finalidad última de este documento es ofrecer, desde la mejor evidencia científica disponible y la opinión experta de los conocedores del sector, herramientas para mejorar la calidad de la práctica de la vigilancia específica de la salud de los trabajadores del sector agrario. Entre sus contenidos destaca un Documento de Intercambio de Información Sanitaria (DIIS) sobre Vigilancia de la Salud, que, guardando la debida confidencialidad, permita que no se repitan exámenes de salud innecesarios, en todo o parte. Con dicho Documento se pretende que a un mismo trabajador agrario no se le repitan exámenes de salud que se le hayan realizado recientemente por un Servicio de prevención de riesgos laborales (SPRL), si el SPRL responsable de realizar el nuevo examen de salud no lo considera necesario, en todo o en parte, por disponer de información suficiente proveniente del SPRL anterior. Esto sólo es posible a partir de la homogeneización de la vigilancia de la salud que se establece con la presente Guía, con los protocolos para los exámenes de salud específicos por perfiles de puesto de trabajo, y tras el acuerdo correspondiente de que así sea (de los representantes del sector agrario, de la CNSST, del CISNS y del sistema de prevención de riesgos laborales). No obstante, el conocimiento médico, científico y técnico es dinámico, por lo cual el Subgrupo de trabajo considera que este documento podrá ser revisado en el futuro para su actualización, en la medida que así lo aconsejen los avances científicos, los cambios normativos o los acuerdos sociales del sector, así como el análisis de los datos sobre los resultados de la implementación del documento." [p. 5]