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Ves enrere CONSEJO INTERTERRITORIAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD (España) (2020). Protocolo de vigilancia sanitaria específica : silicosis [RE13861]

CONSEJO INTERTERRITORIAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD (España) (2020). Protocolo de vigilancia sanitaria específica : silicosis [RE13861]

CONSEJO INTERTERRITORIAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD (España). Protocolo de vigilancia sanitaria específica : silicosis [en línea]. Madrid: Ministerio de Sanidad, 2020. 59 p. [Consulta: 01.10.2020]. NIPO: 133-20-034-2.
 
"Este protocolo, fruto del trabajo desarrollado por las Administraciones Sanitarias a través de la Ponencia de Salud Laboral de la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, revisa y actualiza el protocolo de vigilancia sanitaria específica que se publicó en el año 20011, en lo que se refiere a la silicosis originada por polvo de sílice y neumoconiosis de polvo mixto con contenido silíceo. Para el resto de neumoconiosis, continuará vigente el protocolo del año 2001 citado. La elaboración de este protocolo ha sido coordinada por el Instituto Nacional de Silicosis y ha contado con la participación de la sección de neumología ocupacional del Hospital Universitario Central de Asturias, de la Consejería de Sanidad del Principado de Asturias, de Osalan-Instituto Vasco de Seguridad y Salud Laborales, y de miembros de la Sociedad Vasca de Medicina del Trabajo. [...] En esta revisión se incluyen recomendaciones que recogen los cambios normativos que se han producido en este periodo. Entre ellos, se destaca el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro, ya que obliga a los facultativos de los servicios de prevención a comunicar las sospechas de enfermedad profesional que se produzcan entre los trabajadores a los que atienden. Por otro lado, la Orden ITC/2585/2007, por la que se aprueba la Instrucción técnica complementaria "ITC 2.0.02 de Protección de los trabajadores contra el polvo, en relación con la silicosis, en las industrias extractivas, del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera" establece, entre otros, criterios para la vigilancia de la salud de los trabajadores incluidos en su ámbito de aplicación. Del mismo modo, se han elaborado criterios de actuación para actividades no encuadradas en el ámbito de las industrias extractivas, en las que los efectos de la exposición a la sílice cristalina también se han hecho patentes." [13-14]