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Memòria prevencionista

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Ves enrere ESPAÑA. Ministerio de Sanidad (2020). Procedimiento de actuación para los servicios de prevencion de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2)

ESPAÑA. Ministerio de Sanidad (2020). Procedimiento de actuación para los servicios de prevencion de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2)

ESPAÑA. Ministerio de Sanidad. Procedimiento de actuación para los servicios de prevencion de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (SARS-COV-2) [online]. Madrid: Ministerio de Sanid, 2020. 15 p.
 
"En el entorno laboral las medidas preventivas se enmarcan en el Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, y el daño, si se produce, puede tener la consideración legal de contingencia profesional. Los periodos de aislamiento preventivo a que se vean sometidos los trabajadores como consecuencia del virus SARS-CoV-2, serán considerados como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común (Criterio 2/2020, Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social). El ámbito de aplicación incluye a todos los trabajadores involucrados en trabajos de asistencia sanitaria (comprendidos los desarrollados en aislamiento, traslados, labores de limpieza, eliminación de residuos, etc.), así como los de transportes aéreo, marítimo y ferrocarril de larga distancia o internacional, los colectivos de rescate (bomberos, salvamento marítimo, policía, guardia civil, etc.), atención al público, hostelería, sector servicios, etc. Dado que el contacto con el virus puede afectar a entornos sanitarios y no sanitarios, corresponde a las empresas evaluar el riesgo de exposición y seguir las recomendaciones que sobre el particular emita el servicio de prevención, siguiendo las pautas y recomendaciones formuladas por las autoridades sanitarias." [p. 3]